La representación de las mujeres africanas en los Órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas
[Jarpa Dawuni es profesora adjunta de Ciencias Políticas en la Universidad de Howard, Washington D.C. Es abogada litigante de la Corte Suprema de Ghana. Tiene un Doctorado en Ciencias Políticas por la Universidad de Georgia.] *
El 20 de octubre de 2020, el Institute for African Women in Law (IAWL, por sus siglas en inglés) convocó a una Consulta Regional de alto nivel con expertos y expertas, junto con la Campaña GQUAL, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR, por sus siglas en inglés) y la Academia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Washington College of Law de la American University.
Josephine.Jarpa Dawuni, fotografía del Wilson Center.
El objetivo del encuentro fue identificar algunos de los principales obstáculos que enfrenta la paridad de género en los Órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas y proporcionar recomendaciones sobre cómo abordar los desafíos identificados.
Los hallazgos de esa consulta contribuyeron al trabajo de la Profesora Elizabeth Salmon Garate, Directora Ejecutiva del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, a quien el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas le asignó la tarea de elaborar un Informe final sobre la subrepresentación de las mujeres en los Órganos de derechos humanos de la ONU.
El evento reunió a especialistas de todo África, incluidas antiguas y actuales juezas de cortes internacionales, ex diplomáticos/as, académicos/as y activistas por los derechos humanos, con el fin de discutir la diversidad de género en los Órganos de derechos humanos de la ONU desde perspectivas africanas. El diálogo generó una gran cantidad de información a partir de la discusión de tratados internacionales, normas y prácticas existentes y la forma en que éstos afectan los resultados de las nominaciones, y la elección de mujeres en Órganos y Tratados Internacionales.
Si bien el contexto africano reflejaba las tendencias mundiales de subrepresentación de las mujeres en los Órganos de Tratados, el panel de expertos/as llegó a la opinión general de que “en comparación con los varones del continente africano, las mujeres africanas están subrepresentadas en los Órganos de Tratados”. Desde septiembre de 2021, Europa lleva la delantera en términos de representatividad, ya que cuenta con 27 representantes mujeres, seguida de África con 18 y Australia, en último lugar con la menor cantidad, solo 2 mujeres. El propósito de ese debate fue presentar las principales conclusiones del Informe Gender Parity in UN Human Rights Bodies: A Regional Consultative Meeting [Paridad de Género en los Órganos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Una Consulta Regional].
¿Qué nos dicen los números?
Los Órganos de Tratados de derechos humanos desempeñan un rol importante en la supervisión de la implementación de los Tratados Internacionales de derechos humanos. Integrados por expertos/as independientes, estos órganos monitorean que los Estados Parte cumplan con las obligaciones establecidas en los tratados, para que sus ciudadanos/as gocen de sus derechos humanos fundamentales.
Teniendo en cuenta el importante papel que cumplen estos órganos, deben existir oportunidades para que una variedad de conocimientos, voces y experiencias de vida sean representados. Las mujeres no son un grupo monolítico: las investigaciones han demostrado que las mujeres pueden tener experiencias singulares y vivir realidades únicas que resultan fundamentales para contrarrestar las voces heteronormativas dominantes que, desde el pasado, han tenido preponderancia en el derecho internacional. Un ejemplo de intento por abordar la heteronormatividad puede encontrarse en el Estatuto de Roma (2002) que estableció la Corte Penal Internacional (CPI). El Artículo 36 (8)(a)(iii) establece que en la selección de jueces y juezas se debe tener en cuenta la representación de género, junto con los requisitos tradicionales de experiencia en derecho penal internacional y la necesidad de contar con una representación geográfica.
Los/as integrantes de los Órganos de Tratados de Derechos Humanos de la ONU se seleccionan primero a través de un proceso de nominación nacional y, luego, por elecciones en el marco de Naciones Unidas. Dado que el proceso de selección es un reflejo del modelo utilizado para elegir jueces, juezas y otros funcionarios de alto rango en cortes y tribunales internacionales, no resulta sorprendente que las mujeres sigan sin alcanzar una representación adecuada.
Los datos que se presentan a continuación evidencian que las mujeres continúan estando subrepresentadas en los órganos de derechos humanos de la ONU. Un informe realizado por GQUAL dio cuenta de que, de los 10 órganos existentes, el Comité de los Derechos del Niño (CDN) y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) son los únicos dos Órganos de Tratados de Derechos Humanos de la ONU que cuentan con un 50% o más de mujeres en sus composiciones, dentro de los 10 órganos existentes. La falta de diversidad de género en los ocho Órganos restantes socava la legitimidad de la justicia que imparten y exige adoptar un enfoque universal para abordar esta brecha de género.
Explicando la subrepresentación de las mujeres en los Órganos de Tratados
Los/as panelistas coincidieron en que la subrepresentación de las mujeres africanas en los Órganos de Tratados reflejaba el patrón global existente relativo a la escasa representación de las mujeres en estos espacios. Sin embargo, si se lo compara con el órgano regional africano encargado de supervisar el cumplimiento de los derechos humanos, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (ACHPR, por sus siglas en inglés), África lleva la delantera de todas las regiones del mundo. Por ejemplo, en septiembre de 2021, 5 (56 %) de los 10 comisionados/as de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (ACHPR) eran mujeres. Hay algunas lecciones que aprender del contexto africano, un tema que no puedo abordar de forma adecuada en este blog debido a limitaciones de espacio.
Cuando se trata de los Órganos de Derechos Humanos, las mujeres aún están subrepresentadas, excepto por los dos órganos mencionados anteriormente: el Comité CEDAW y el CDN. En comparación con otras regiones, las mujeres de África tienen la mayor representación en el CDN (56%) y superan la representación de los varones por un 71% del total de integrantes africanos. En el Comité de Trabajadores Migratorios (CMW, por sus siglas en inglés), las mujeres africanas representan el 50% de todas las mujeres y el 33% de la representación africana. Entre los órganos sin ninguna representación de mujeres africanas se encuentran el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESCA) y el Comité Contra las Desapariciones Forzadas (CED, por sus siglas en inglés). Del total de representantes africanos en estos órganos, las mujeres representan el 40% (18 mujeres frente a 27 varones). Si bien el 40% pareciera acercarse a la paridad, la realidad es que la cifra resulta elevada porque las mujeres están sobrerrepresentadas en los dos órganos ya mencionados: el Comité CEDAW y el CDN. El Comité CEDAW tiene un patrón de género en el que las mujeres están sobrerrepresentadas, mientras que el CDN cuenta con las dos únicas mujeres que provienen de la región de África.
Los factores que explican los resultados de la estratificación de género en estos Órganos es tema para un estudio futuro. Por ahora, nos enfocamos en lo que nos indican los datos al momento de escribir este artículo, tal y como se presenta a continuación.
La representación de las mujeres africanas en los Órganos de Tratados de Derechos Humanos de las Naciones Unidas:
Órgano de Tratado | Cantidad de integrantes | Cantidad de mujeres | % de mujeres africanas sobre el total de mujeres | Cantidad de mujeres africanas | % de mujeres africanas sobre el total de personas africanas | Cantidad de varones africanos |
Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) | 18 | 8 | 12.5 % | 1 | 17% | 5 |
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) | 18 | 5 | 0% | 0 | 0% | 4 |
Comité de Derechos Humanos (CDH) | 18 | 7 | 29 % | 2 | 33% | 4 |
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) | 23 | 22 | 23 % | 5 | 100% | 0 |
Comité contra la Tortura (CAT) | 10 | 3 | 33 % | 1 | 100% | 0 |
Comité de los Derechos del Niño (CRC) | 18 | 9 | 56% | 5 | 71% | 2 |
Comité de Trabajadores Migrantes (CMW) | 14 | 2 | 50% | 2 | 33% | 4 |
Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) | 25 | 14 | 7 % | 1 | 20% | 4 |
Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) | 17 | 11 | 9% | 1 | 33% | 2 |
Comité de Desapariciones Forzadas (CED) | 10 | 4 | 0% | 0 | 0% | 2 |
La literatura existente sobre la falta de mujeres en los órganos internacionales en general apunta a factores endógenos y exógenos. Los Órganos de Tratados no son ajenos a algunos de los factores subyacentes que explican esta subrepresentación. El siguiente resumen esclarece algunos de los factores que dan lugar a la falta representación de las mujeres.
Falta de información: Los/as expertos independientes que forman parte de estos Órganos de Tratados deben ser propuestos y elegidos por los Estados Parte. Como primer paso del proceso, las nominaciones nacionales pueden ser problemáticas si la vacante no se difunde abiertamente. Un obstáculo que se planteó repetidamente durante la consulta fue la falta de información sobre los puestos disponibles en los Órganos de Tratados de la ONU. Además, existe una falta de información acerca del papel que cumplen estos órganos y la forma en que se estructuran.
La responsabilidad que representa informar al público y a los/as posibles candidatos/as sobre estos temas suele recaer en las organizaciones de la sociedad civil o en las organizaciones no gubernamentales. En cuanto a la difusión de la información, los/as participantes señalaron que es posible que las potenciales candidaturas no sepan “cómo presentar sus experiencias y antecedentes”.
Problemas relacionados con el género: algunas personas participantes mencionaron obstáculos relacionados específicamente con las mujeres, como el hecho de que no postulen a los cargos porque creen que no están calificadas o por “la preocupación de que el compromiso (no remunerado) dividiría aún más su tiempo”. El sesgo de género y la “especialización basada en el género” dentro del mundo jurídico también fueron mencionados. Cuando se encasilla a las mujeres en ciertas especializaciones jurídicas que están relacionadas con su género, es posible que su decisión de postularse para un puesto en un Órgano de Tratado que no aborde “temas de mujeres” se vea afectada.
Esta idea de encasillamiento es evidente si analizamos los siguientes datos: las mujeres representan el 96% de las personas que integran el Comité CEDAW y las mujeres africanas representan el 100 % de todas las personas africanas representadas en ese órgano. Además, cuando un Estado Parte busca candidatos/as, el «pool habitual de candidatos» suele provenir de campos dominados por varones, como el mundo de las relaciones exteriores. Por lo general, las mujeres no tienen acceso a estas redes predominantemente masculinas, lo que limita sus posibilidades de ser nominadas.
El rol de los actores políticos: los actores políticos juegan un papel importante en la representación de las mujeres en los órganos internacionales, en función de su participación en los procesos de nominación y elección. Si se deja de lado a las mujeres en el proceso de nominación, éstas no podrán ser elegidas.
Los/as participantes señalaron que “los actores políticos tienen el poder de otorgarles a las mujeres acceso a la información y a los procesos de nominación, pero al perpetuar las redes de contactos personales existentes (de varones) y recompensar la lealtad política, las mujeres se ven impedidas de establecer esas valiosas conexiones”. Dado que los/as potenciales candidatos/as necesitan el apoyo de su gobierno, deben estar afiliados políticamente al partido que se encuentre en el poder en ese momento, un ámbito en el que suele haber menos mujeres representadas.
Apoyo regional e internacional: por último, como ocurre en todas las elecciones a cargos internacionales, los/as candidatos/as necesitan apoyo internacional y regional. Dentro del contexto africano, para la mayoría de las elecciones a órganos y organismos internacionales, la Unión Africana (UA) utiliza un modelo de representación regional para garantizar que todas las regiones estén representadas en estos espacios. Un participante señaló que “si una subregión no está unificada y una mujer candidata es señalada como ‘controversial’, se le enfrentará un candidato masculino sólido disminuyendo, en gran medida, sus posibilidades de continuar en la carrera”.
Sugerencias para solucionar el problema
- Procesos transparentes: para abordar el problema de la escasa difusión de la información, los/as “participantes recomendaron una mayor y pública difusión sobre los cargos vacantes en Naciones Unidas”. Del mismo modo, instaron a que las Organizaciones de la Sociedad Civil aumenten la difusión del tema “e incluso acudan a sus redes para encontrar candidatos/as”.
- Cuotas: Los/as participantes sugirieron utilizar un sistema de cupos/cuotas, no solo para mejorar la representación geográfica, sino también la de género.
- Procesos de evaluación transparentes: los/as participantes sugirieron que una revisión institucionalizada ayudaría a aumentar el número de mujeres en los Órganos de Tratados, así como el uso de un proceso de votación “transparente y basado en el mérito” en la etapa de selección.
- Procesos que incluyan la perspectiva de género: un participante mencionó incluir “políticas que consideran la vida familiar” como una forma de que las mujeres se sientan más seguras a la hora de presentar sus postulaciones.
- La representación personal importa: los/as participantes también destacaron la importancia de que las mujeres expandan sus redes de contactos político-personales. Adoptar un enfoque proactivo sería beneficioso. Asimismo, el hecho de que las mujeres que ocupan puestos de poder actúen de mentoras para asesorar “a las que tienen menos experiencia” aumentaría el número de mujeres calificadas que se sientan seguras para presentarse a cargos en los Órganos de Tratados.
- Voluntad política: los gobiernos nacionales también tienen que “otorgarles a las mujeres acceso a cargos gubernamentales”, ya que estos puestos “las prepararían para la participación en órganos de tratados”.
- Grupo de expertos/as: los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil deberían crear una base de datos de mujeres expertas calificadas “que indique sus calificaciones y especializaciones”, además de brindar una capacitación continua, oportunidad de crear redes de contactos y de desarrollo profesional, con el fin de preparar a las mujeres para puestos internacionales.
Aquí te compartimos un resúmen infográfico del Informe del Comité Asesor del CDH de la ONU y otras publicaciones de blogposts.
*Esta publicación es una versión traducida al español por la Campaña GQUAL. La publicación original forma parte del Simposio sobre Representación de Género, organizado en conjunto con Opinio Juris en octubre de 2021.