La representación de las mujeres en la Comisión de Derecho Internacional
Priya Pillai es abogada y especialista en derecho internacional. Trabajó en la sede principal de la Federación Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja (IFRC) en Ginebra, en el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia (ICTY) y con distintas organizaciones de la sociedad civil para la implementación del derecho internacional.*
Este es el momento justo para examinar la representación de las mujeres (en un sentido inclusivo) en los órganos o instituciones de expertos/as. El eje de este simposio es el reciente Informe del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos sobre el nivel actual de representación de la mujer en los órganos y mecanismos de derechos humanos.
Se le solicitó al Comité Asesor que presente los hallazgos “sobre el nivel actual de representación de la mujer en los órganos y mecanismos de derechos humanos como el Comité Asesor, los órganos de tratados y los procedimientos especiales que establece el Consejo de Derechos Humanos…”. Esta publicación pretende ampliar esa evaluación y aplicarla a otras instituciones internacionales, en especial la Comisión de Derecho Internacional (CDI), dado su importante papel en el desarrollo del derecho internacional.
Este tema adquiere especial relevancia en el contexto actual, dado que vale la pena seguir de cerca el ciclo de elecciones de la CDI. Por primera vez en sus 70 años de existencia, se ha nominado a una cantidad récord de mujeres –8 en total– para las elecciones que se llevarán a cabo en noviembre de 2021 en la Asamblea General de la ONU. Las nominadas para estas elecciones de la CDI son: Phoebe Okowa (Kenia, y Reino Unido); Vilawan Mangklatanakul (Tailandia); Réka Varga (Hungría); Evelyn Aswad (Estados Unidos); Concepción Escobar Hernández (España); Patrícia Galvão Teles (Portugal); Nilüfer Oral (Turquía); Penelope Ridings (Nueva Zelanda, Australia, Canadá, Sierra Leona).
El recorrido que nos ha llevado hasta este momento es significativo: comenzó sin ninguna mujer nominada en 1947, hasta la primera mujer nominada en 1966, seguida de un vacío de casi treinta años antes de que se nominaran a dos mujeres en 1991, y sin ninguna mujer elegida hasta 2011. La cantidad récord de nominaciones de este año representa un gran progreso para los estándares de la CDI.
También vale la pena destacar que la composición actual de la CDI, con cuatro integrantes mujeres –Patrícia Galvão Teles (Portugal), Nilüfer Oral (Turquía), Marja Lehto (Finlandia), Concepción Escobar Hernández (España)– es la que cuenta con el mayor número de mujeres en la CDI hasta ahora en su historia. De los doscientos veintinueve integrantes desde 1947, sólo siete han sido mujeres. Esta cifra representa alrededor del 3% del total hasta el momento (véase la Figura 1).
Figura 1: Composición de los/as integrantes de la CDI (1947-2022)
“Participación igualitaria en la toma de decisiones internacionales”
Siempre me sorprendieron —y, honestamente, espantaron— las estadísticas de la escasa representación de las mujeres en la CDI, lo que me lleva a cuestionar la estructura, bases y funcionamiento de la institución.
En lo que respecta a su mandato y ámbito de trabajo, la CDI tiene su origen en el Artículo 13 (1) (a) de la Carta de las Naciones Unidas, que determina que la Asamblea General “promoverá estudios y hará recomendaciones para (…) impulsar el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación”. En consonancia, el Artículo 1 (1) del Estatuto de la CDI especifica que “la Comisión de Derecho Internacional deberá tener como objeto la promoción del desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación”. Es evidente que esta institución tiene la tarea de contribuir al desarrollo y codificación del derecho internacional, que nos afecta a todos/as de múltiples maneras.
El Estatuto de la CDI brinda algunos lineamientos para los criterios de su composición, a fin de contribuir al trabajo de la institución: el Artículo 2ª (enmendado en 1981) detalla que la composición de la CDI, con un total de 34 integrantes, “debe incluir personas de reconocida competencia en derecho internacional”.
Con respecto a la forma en que los Estados eligen a sus integrantes, vale la pena citar el Artículo 8 del Estatuto de la CDI: “En toda elección, los electores tendrán en cuenta que las personas que hayan de ser elegidas para formar parte de la Comisión reúnan individualmente las condiciones requeridas, y que en la Comisión, en su conjunto, estén representadas las grandes civilizaciones y los principales sistemas jurídicos del mundo”. Claramente, hay similitudes entre los requisitos de la CDI y la Corte Internacional de Justicia (CIJ) si consideramos ambos estatutos. Ninguno de los dos contempla la paridad de género y ambas instituciones comparten una gran subrepresentación de mujeres en sus composiciones.
Los/as integrantes elegidos deben ser personas calificadas para el puesto y es claro que, conforme al Estatuto, la CDI en su totalidad debe ser representativa, lo que definitivamente implica una mayor representación de las mujeres.
Esto es de suma importancia dado que la CDI está a cargo de la codificación y el desarrollo progresivo del derecho internacional. Los temas que abarcan las tareas de la CDI incluyen las inmunidades de los funcionarios estatales frente a la jurisdicción penal extranjera, la protección de la atmósfera, la protección del medio ambiente en tiempos de conflicto armado, la implementación de los tratados y normas perentorias; todos ellos temas de gran relevancia, que merecen ser abordados de la manera más exhaustiva posible. Tal como sostiene el informe del Comité Asesor, la participación igualitaria en la toma de decisiones internacionales es solo uno de los varios argumentos centrales para abogar por una mejor representación de las mujeres en las instituciones internacionales.
La representación en la CDI
Actualmente, cuatro mujeres de un total de treinta y cuatro integrantes —el 11,76 %— representan a la mayor proporción de mujeres en la historia de la institución. De los/as doscientos veintinueve integrantes de la comisión, solo siete han sido mujeres, en sus 71 años de existencia. Si bien esto representa una mujer por década, desafortunadamente, la primera mujer fue elegida en 2002. Por lo tanto, la elección de las 7 integrantes mujeres tuvo lugar en los últimos veinte años.
Para tener una imagen más clara de la situación, he revisado los registros electorales de la CDI desde 2001 (que están disponibles en su sitio web), a fin de evaluar las listas de nominados/as que presentaron los Estados ante la Asamblea General, y las personas que fueron elegidas. Cuando revisé los registros, descubrí algo simple pero revelador: no se indicaba el prefijo de género junto a los nombres de las personas nominadas en los ciclos de elecciones de 2001, 2006, 2011 y 2016. Sin embargo, esto cambió en el ciclo de elecciones de 2021.
En primer lugar, y a continuación, se detallan las estadísticas de las personas elegidas para la CDI.
En consonancia con la Resolución 73/341 de la Asamblea General del 12 de septiembre de 2019, que en el párrafo 30 alentó la nominación de “candidatas mujeres para los órganos subsidiarios de la Asamblea General en un esfuerzo por promover el balance de género”, es fundamental evaluar los registros históricos y presentes de las nominaciones para la CDI.
La Figura 4 es más detallada dado que representa una evaluación de la cantidad de mujeres nominadas en comparación con el total de personas nominadas y los consiguientes porcentajes. Por ejemplo, las nominaciones de 2006 fueron de 3 mujeres y 41 varones (con un total de 44 nominados/as), lo que se traduce en un 6,8% de mujeres nominadas. De igual manera, en 2021, 8 mujeres de un total de 49 personas nominadas representan aproximadamente una proporción del 16,32% de mujeres nominadas para ser integrantes de la CDI.
Género y geografía
La representación es importante, tanto en sí misma como por lo que implica, y en términos de la diversidad de perspectivas y enfoques que aporta. Era de esperarse que se reclamaran cambios en base a la geografía, lo que explica las modificaciones que lograron que se asignen bancas en base a la representación geográfica, a partir de los cambios de la Sexta Comisión en 1956, que dependía del tamaño de la comisión. Finalmente, en 1981, se enmendaron los Artículos 2 y 9 del Estatuto de la CDI en conformidad con la Resolución 37/39 de la Asamblea General del 18 de noviembre de 1981. Además del aumento de 25 a 34 integrantes, la resolución detallaba el modelo de representación en base a la cantidad de bancas por región. En ese momento, correspondían 8 bancas para los estados africanos, 7 para los estados asiáticos, 3 para los estados de Europa del Este, 6 para los estados latinoamericanos, 8 para los estados de Europa Occidental y Otros Estados, y la rotación de una banca entre Europa del Este y África, y otra entre Asia y América Latina en elecciones alternadas.
Teniendo en cuenta esta composición geográfica, como forma de representar los distintos sistemas jurídicos del mundo, vale la pena examinar en detalle las modalidades de nominación y elección dentro de estos grupos regionales para evaluar hasta qué punto se ha incluido y considerado el género en los procesos de nominación y elección.
En cuanto a las próximas elecciones, antes que nada, cabe destacar que el número de mujeres nominadas es el más alto de la historia. Hay al menos una mujer nominada por grupo regional, con la excepción de los estados del grupo de América Latina y el Caribe. El grupo de Europa Occidental y Otros Estados lleva la delantera con 5 mujeres nominadas para este ciclo electoral.
La Figura 5 ilustra los porcentajes de mujeres nominadas por región, sobre la base del número total de nominaciones por región, a partir de 2001. El gráfico indica las diferentes prácticas de nominación entre las regiones, donde el grupo de Europa Occidental y Otros Estados lleva la delantera con un 45% de mujeres nominadas para las próximas elecciones. En un lejano segundo lugar está el grupo de los estados de Europa del Este, seguido por el de los estados de Asia y el Pacífico, y luego por los estados de África. Sin embargo, debo advertir que este cuadro no incluye las nominaciones previas a 2001 —la de Olga Nuñez de Saballos (Nicaragua, 1966), y las nominaciones de 1991 de Mwangala Beatrice Kamuwanga (Zambia) y Renata Szafarz (Polonia)— que no fueron elegidas.
La Figura 6 indica los porcentajes de mujeres elegidas por región, sobre la base de la asignación total de bancas por región geográfica, desde 2001 a 2016. Se debe tener en cuenta que, a raíz de las bancas rotativas, esta cifra cambia en todos los casos excepto para el grupo de Europa Occidental y Otros Estados (que se mantiene estable en 8 bancas). Estos cambios, debido a la rotación en cada ciclo electoral, se han tenido en cuenta a la hora de graficar la cantidad de mujeres elegidas en relación con la cantidad total de bancas por región. Naturalmente, este gráfico no incluye la próxima elección.
Además, al observar los datos, surgen otras observaciones:
- Dentro de la composición actual de la CDI, las cuatro mujeres elegidas pertenecen al grupo de Europa Occidental y Otros Estados.
- El grupo de Europa Occidental y Otros Estados no solo es el que más mujeres nominó desde 2001, sino que todas sus nominadas fueron elegidas (Paula Escarameia, elegida en 2001 y reelegida en 2006; Marie Jacobssen, elegida en 2006, reelegida en 2011; Concepción Escobar Hernández, elegida en 2011; Patrícia Galvão Teles, Nilüfer Oral y Marja Lehto, elegidas en 2016).
- Hasta ahora, los estados asiáticos han nominado cuatro mujeres, de las cuales dos fueron elegidas (Hanqin Xue, en 2006 y 2001; Ariffin Noor Farida, nominada, pero no elegida en 2011; y la nominada actual, Vilawan Mangklatanakul, para las próximas elecciones).
- Este ciclo de elecciones incluye la segunda nominación de una mujer por parte de los estados africanos, de la mano de Phoebe Okowa (la primera nominada fue Mwangala Beatrice Kamuwanga de Zambia en 1991, pero no fue elegida).
- Este ciclo también incluye la segunda nominación de una mujer por parte de los estados de Europa del Este: Réka Varga, de Hungría (anteriormente, Polonia había nominado a Renata Szafarz en 1991, que no fue elegida).
- La primera mujer de la historia que estuvo nominada a un cargo en la CDI pertenecía al grupo de estados latinoamericanos: Olga Nuñez de Saballos de Nicaragua en 1966; posteriormente, solo hubo una nominación del grupo, María del Luján Flores de Uruguay en 2011, que no fue elegida.
Las futuras elecciones de la CDI estarán bajo el escrutinio público. Si bien hay una cifra récord de mujeres nominadas, la duda es si esas nominaciones se transformarán en mujeres electas.
Resulta necesario mejorar la representación de las mujeres en la CDI y que los Estados se tomen seriamente sus obligaciones legales de representación. El primer paso es mejorar las prácticas de nominación de mujeres calificadas —que abundan— y coordinar esfuerzos para garantizar que estas candidatas sean elegidas.
Priya Pillai, fotografía de Atlas Women.
Aquí te compartimos un resúmen infográfico del Informe del Comité Asesor del CDH de la ONU y otras publicaciones de blogposts.
*Esta publicación es una versión traducida al español por la Campaña GQUAL. La publicación original forma parte del Simposio sobre Representación de Género, organizado en conjunto con Opinio Juris en octubre de 2021.